Conversaciones de whatsapp son fuentes de pruebas

Numerosas sentencias del Poder judicial reconocen las conversaciones de WhatsApp como medio de pruebas. Sin embargo, no son medios de pruebas sino fuentes de pruebas.

La diferencia es importante manejarla, pues una fuente de pruebas se refiere a algo que ya existe fuera del proceso. En cambio, el medio de prueba se da en el proceso interno.

El medio de prueba es el procedimiento o método para incorporar la prueba en el marco del debido proceso, se trata de la vía para poder introducir válidamente la prueba en el proceso penal para que luego esté habilitada de poder generarle convicción al juzgador en la etapa de juzgamiento.

De acuerdo a la doctrina mayoritaria, resulta necesario distinguir entre fuente y medio de prueba. En este sentido, la fuente de la prueba se manifiesta a través de los medios.

Este último se entiende como la actividad del juez o las partes, orientada a lograr en el juzgado el conocimiento de los hechos en el proceso a través de la percepción y deducción.

Es decir a través de estos medios el juez conoce la fuente de la prueba y de éste deduce el hecho que se va a probar, por lo que la fuente se nos muestra como hechos percibidos por el juez y que requieren de una operación deductiva, en tanto que los medios no se conciben como hechos, sino como actividad o en su defecto como el instrumento, cosa o circunstancia en los que el juez encuentra el fundamento de su convicción.

Así, en un juicio donde una de las partes promueve uno o varios testigos para demostrar la existencia de la posesión, el testimonio de estos sería el medio, en tanto que la fuente serían los hechos descritos o narrados.

De tal manera que, en atención al ejemplo de la posesión, siendo esta un hecho que produce consecuencias jurídicas a favor de la persona que la ha ejercitado, y tomando en cuenta que quien alega en un proceso un hecho del cual quiere deducir consecuencias jurídicas a su favor, debe probarlo, recae en el poseedor de dicha carga.

La IA al respeto nos dice que las fuentes de prueba son los elementos o realidades existentes en el mundo exterior que contienen información sobre un hecho (como un testigo, un documento o un objeto), mientras que los medios de prueba son los vehículos o procedimientos legales que se utilizan para incorporar esa información al proceso judicial (como el testimonio del testigo, la presentación del documento o una inspección judicial).

En resumen, la fuente es «con qué» se prueba, y el medio es «cómo» se prueba. En el caso delas conversaciones por WhatsApp son fuentes de pruebas y el medio será la trascripción de esas conversaciones en un documento digital obtenido conforme a la autenticidad establecidas en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.